Leyes de donaciones para proyectos culturales
Modalidad Online
Cupos Disponibles
Financiamiento vía donaciones para proyectos culturales y artísticos. El ordinamiento jurídico obliga a hacer el trámite de insinuación y pagar el impuesto a herencia y donaciones cada vez que se quiera donar, salvo que seas fundación, corporación u organizaciones comunitarias funcionales constituidas, y a las organizaciones de interés público reguladas por la ley N° 20.500, cuyo objeto sea la investigación, desarrollo y difusión de la cultura y el arte.
Conoce las oportunidades de la Ley de Donaciones Culturales, la Ley 21.440 y del artículo 8° de la Ley 18.985 a través de este taller gratuito vía ZOOM el 16 de abril a las 19:00 horas. Inscríbete gratis aquí. Cupos limitados.
Impartido por...
Monserrat Moya Arrué
Abogada OSFL
Abogada de la Pontificia Universidad Católica, LL.M, University of University of California Berkeley. Cuenta con más de 15 años de experiencia en asesorías jurídicas a empresas y fundaciones nacionales y extranjeras. Ha participado en la creación de más de 100 fundaciones, tanto en Chile como en Estados Unidos, desarrollado la estructura tributaria para que puedan acceder a donaciones y obtener los certificados de donación que permitan a los donantes aportar. Ha participado en la redacción de leyes tales como: Ley de participación ciudadana (Ley 20.500), Ley de inclusión laboral (Ley 21.015), Derecho real de conservación (Ley 20.930), Ley única de donaciones (actualmente en tramitación en el congreso), entre otras. Ha realizado cursos de Sustanaible Capitalism en UC Berkeley y Negotiating Across Differences: Concepts, Strategies and Tools en Harvard Kennedy School Executive Education. Directora y profesora del curso de postgrado de Derecho de la Pontificia Universidad Católica: Tercer sector: fundaciones, asociaciones y otras organizaciones sin fines de lucro (OSFL).